EL PRINCIPIO DE PRESUNCION DE INOCENCIA EN EL CODIGO PROCESAL PENAL
El
Tribunal Constitucional ha establecido que la presunción de inocencia forma
parte consustancial del principio del debido proceso y la aplica tanto en el
procedimiento jurisdiccional como administrativo (1)
La
presunción de inocencia, constituye un derecho fundamental reconocido
internacionalmente y por nuestra constitución. Es la máxima garantía del
imputado y uno de los pilares del proceso penal acusatorio”.(2)
Pero, el
hecho de elevarse a rango de norma constitucional, no significa que se trate de
una presunción de carácter legal ni tampoco judicial, pues no puede incluirse
en la primera categoría porque le falta el mecanismo y el procedimiento lógico
propio de la presunción, ni en la segunda, porque esta la consagra el
legislador; por ello se afirma que se trata de una verdad interna o provisional
que es aceptada, sin más en el cumplimiento de un mandato legal”. (3)
Que en
esta oportunidad sólo vamos a realizar un
análisis desde el ámbito del rigor de la lógica jurídica sobre el principio de
Presunción de Inocencia y por ende verificar su validez formal., llegando a las
siguientes conclusiones:
ü Primeramente debemos de indicar
que es un derecho fundamental que se encuentra consagrado en el artículo 2
inciso 23) de la Constitución Política del Perú, por ende tiene la jerarquía de
principio rector del derecho.
ü Se debe de tener presente que el
principio de presunción de inocencia es una presunción iuris tantum por
cuanto establece prueba en contrario.
ü Si bien es cierto la presunción
de inocencia, en rigor lógico incurriría en la falacia de atingencia de
argumentun ad ignoriantiam por cuanto se sostiene que en la proposición
es verdadera (que es inocente) por cuanto no se ha demostrado su falsedad ( que
es culpable) no hay una conexión lógica entre el argumento y la conclusión; sin
embargo la misma es de gran utilidad para proteger el derecho de inocencia de
todas las personas imputadas por la comisión de un acto ilícito siendo una
garantía constitucional.
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